El proyecto es de la diputada santafecina de Pares, Verónica Benas, quien propone, con intervención del Estado, cubrir la garantía.
(El protagonista web) La diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS), acompañada de sus pares: Susana García (CC-ARI-FPCS), Inés Bertero (PS-FPCS), Pablo Di Bert (ESF) y Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), en la sesión ordinaria del jueves 7 de mayo de 2015 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, presidida por el vicepresidente primero del cuerpo legislativo, diputado radical Víctor Hugo Dadomo (UCR-FPCS), obtuvo el respaldo necesario de los diputados y diputadas presentes, oficialistas y de la oposición, para el proyecto de ley (expediente 28796 DB) ingresado por mesa de movimiento el pasado día jueves 8 de mayo de 2014, hace un año exactamente, por el cual se crea en la provincia de Santa Fe , el Fondo de Garantía para locaciones urbanas, con el propósito de facilitar el acceso a la vivienda de alquiler, a todos aquellos que encuentren dificultades para cumplir con la garantía que, usualmente, requieren los locadores; comunicándose la media sanción al Senado para su estudio, consideración, tratamiento y sanción definitiva.
El Fondo de Garantía no interfiere en los efectos ordinarios de los contratos de locación y estará al servicio de personas o familias que aspiren a alquilar una vivienda y se encuentren en situación de vulnerabilidad social y, además, en cuanto a los requisitos, el inmueble a alquilar será para vivienda común y económica asentada en territorio provincial. La reglamentación, que estará a cargo de Hábitat y Vivienda, determinará los parámetros y elementos de caracterización de los requisitos previstos.
Hábitat y Vivienda, que será el órgano de aplicación, emitirá a pedido del locatario un Certificado de Garantía que cubrirá, únicamente, el valor de hasta dos meses el alquiler pactado por las partes en caso de incumplimiento, y el monto de la indemnización por resolución anticipada del contrato cuando el locatario no la hubiera abonado. La garantía no se extiende a otros conceptos que el locador pudiere reclamar de acuerdo con la legislación de fondo, como es el caso de daños y perjuicios.
La aceptación del Certificado de Garantía ofrecido por el locatario, es facultativa para el locador. Si lo acepta, el Certificado se anexará al contrato de locación que será registrado en Hábitat y Vivienda de la Administración Central para su control. En cuanto al pago y repetición, la autoridad de aplicación instrumentará el trámite para que el locador perciba los alquileres caídos o la indemnización incumplida por resolución anticipada de contrato, en un plazo no mayor a 60 días de formulada la reclamación administrativa, e iniciará el trámite de repetición al locatario.
El locatario que no reintegre al Fondo de Garantía los conceptos cubiertos, estará impedido de volver a solicitar una garantía similar por el término de 6 años. A solicitud de ambas partes, se podrá habilitar una instancia de conciliación voluntaria, a fin de buscar alternativas de solución extrajudicial a los conflictos derivados por falta de pago en los contratos de alquiler.
Se propone facilitar el acceso locativo a la vivienda desde un punto de vista práctico, con una intervención mínima por parte del Estado en estos contratos, atendiendo a la realidad social en la cual muchas personas y sus familias, ante la necesidad de alquilar por carecer de una vivienda propia, encuentran dificultades para cumplir con las exigencias del mercado inmobiliario y, en el caso que nos ocupa, cubrir la garantía o fianza es una de ellas; argumentó la diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS), acompañada de sus pares de diferentes bloques: Susana García (CC-ARI-FPCS), Inés Bertero (PS-FPCS), Pablo Di Bert (ESF) y Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), el proyecto de ley (expediente 28796) ingresado por mesa de movimiento el pasado jueves 8 de mayo de 2014, hace exactamente un año, y aprobado en la sesión ordinaria del día jueves 7 de mayo de 2015 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, comunicándose la media sanción al Senado para su tratamiento.
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