María Eva Koutsovitis referente de Unidad Popular presentó junto al Observatorio del Derecho a la Ciudad, el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas y la Cátedra de Ingeniería Comunitaria de la UBA una acción de amparo colectivo para interrumpir las audiencias públicas hasta tanto se garanticen los mecanismos democráticos de participación. A continuación, detallamos lo peticionado en la acción judicial:
A.1. Se consigne un lugar al que puedan asistir presencialmente aquellos participantes que no cuenten con acceso a medios virtuales, garantizando el cumplimiento de las medidas sanitarias correspondientes, tal como lo establece el art. 5 de la Ley N° 6.306 y el art. 40 de la Ley N° 6; o se garantice el otorgamiento de dispositivos informáticos y el acceso gratuito a internet a aquellos participantes que no cuenten con acceso a los medios virtuales por falta de internet o de dispositivos informáticos.
A.2. Se informe del derecho y forma de participación del punto A.1. en la convocatoria a las audiencias públicas respetándose los plazos estipulados en la Ley N° 6.
A.3. Se establezca un mecanismo de inscripción a las audiencias públicas virtuales alternativo a la inscripción por internet como, por ejemplo, por vía telefónica; y se permita acreditar la identidad en el lugar consignado del punto A.1. para aquellas personas que no cuentan con acceso a medios virtuales.
A.4. Se establezcan horarios de realización de las audiencias públicas que respeten el horario vespertino exigido por la Ley N° 6 en su art. 42 en los Expte. N° 2924-J-2019, Expte. N° 2920-J-2019, Expte. N° 2888-D-2019, Expte. N° 2289-J-2019 y Expte. N° 2850-J-2019. Entendiendo por horario vespertino el horario correspondiente al finalizar la tarde o su caída como establece la Real Academia Española.
A.5. Se respete el art. 10 de la Ley N° 6.306 y el art. 46 de la Ley N° 6 en tanto ordenan que en la publicidad de la Audiencia Pública se debe indicar la “explicación del significado de toda nomenclatura técnica y/o abreviatura de zonificación en los casos que corresponda, como así también la implicancia práctica de lo propuesto, utilizando para ello un lenguaje de fácil comprensión para los habitantes”.
El 11 de agosto la Justicia dio lugar al amparo presentado y ordenó a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires suspender las audiencias públicas y realizar una nueva convocatoria garantizando.