La Fundación Favaloro solicitó al GCBA descatalogar el inmueble sito en Av. Belgrano 1772, propiedad de dicha Fundación (identificado catastralmente como Sección 012, Manzana 004, Parcela 007).
Este inmueble tiene actualmente protección patrimonial Nivel Cautelar.
La descatalogación implica que el edificio será demolido sin siquiera conservar la fachada del edificio.
La fundamentación de la solicitud de la Fundación es que el Hospital Universitario (Av. Belgrano N° 1746), ubicado al lado del inmueble que se quiere descatalogar, se encuentra hoy con limitaciones funcionales y por este motivo necesitan demoler el edificio protegido patrimonialmente para incrementar sus prestaciones.
Cabe destacar que este edificio ya se encontraba protegido cuando la Fundación Favaloro lo compró.
El pedido de descatalogación fue presentado como proyecto de ley por el Sr. Luciano Gentile Bioing, Director operativo del Hospital Universitario Fundación Favaloro.
El proyecto de ley tramitó bajo el Exp. 2040-P-23 y fue hecho propio por el Legislador Daniel Eduardo del Sol (Vamos Juntos) otorgándole estado parlamentario.
En el contenido del proyecto de ley sólo se habilita la demolición a través de la descatalogación pero no se establece la obligatoriedad de que el inmueble tenga un uso obligatorio para instalaciones del Hospital Universitario. Tampoco se dispone la integración de la nueva construcción al edificio del Hospital ya existente.
A nivel normativo, la Fundación Favaloro puede demoler el edificio protegido y vender el inmueble y un futuro propietario no tendría ninguna restricción para destinar el predio al uso hospitalario. De acuerdo a los fundamentos, el pedido de demolición es para destinar el nuevo edificio para ampliar el Hospital Universitario pero del texto del proyecto de ley aprobado por la legislatura no surge ninguna restricción legal.
Y aún si se establecieran límites normativos obligatorios en cuanto al destino del nuevo edificio, la protección patrimonial no debe quedar supeditada a la prestación de otros servicios necesarios para la sociedad u otras necesidades sociales, más aún cuando se puede compatibilizar ambos sin requerir destruir el patrimonio de la ciudad. En este caso, el Hospital Universitario de la Fundación Favaloro puede ampliar sus instalaciones en otros edificios no protegidos.
Este proyecto de ley fue aprobado el día 2 de noviembre de 2023 por la Legislatura de la Ciudad de Buenos. Fue discutido sobre tablas autorizado por los ⅔ de los legisladores presentes en el recinto y aprobado con el voto de 35 legisladores (Vamos Juntos + Libertad Avanza), 17 abstenciones (UxP) y 2 votos negativos (FIT).
La aprobación de la descatalogación y demolición del inmueble se realizó sin que exista ningún dictamen de las áreas patrimoniales de la ciudad.
La Ing. María Eva Koutsovitis, fundadora de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos y Coordinadora de la Cátedra de Ingeniería Comunitaria sostuvo: «Este antecedente es gravísimo para la protección del patrimonio de la ciudad ya que implica que a partir de ahora ningún inmueble que goza de protección patrimonial está a salvo de intereses privados. La salud, la educación, el deporte, la cultura, etc. van a resultar fundamentos válidos para descatalogar un inmueble protegido y autorizar su demolición. Esto constituye una violación flagrante del principio de no regresividad en materia ambiental. La protección del patrimonio forma parte de los derechos culturales y del derecho al ambiente urbano sano y equilibrado. Una vez que el Estado incrementó la protección de un derecho ambiental y cultural tiene prohibido dar marcha atrás».
Por su parte, el abogado Jonatan Baldiviezo, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad y de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, manifestó: «Vivimos un contexto de constante pérdida del patrimonio porteño. En este marco, por lo menos, teníamos la confianza de que los inmuebles que cuentan con protección patrimonial estaban salvados de la especulación inmobiliaria desbocada en la ciudad, los negociados y la sobreconstrucción. La aprobación de este proyecto de ley nos demuestra que ningún inmueble protegido está a salvo. Al contrario, por más protección legal actual del patrimonio este se encuentra en un constante riesgo ya que cualquier argumento va a resultar válido para su desprotección y destrucción. Esta incertidumbre es la que se encuentra prohibida a nivel internacional y en nuestra constitución. El principio de no regresividad está reconocido en tratados internacionales como el Acuerdo de Escazú, en leyes nacionales como la Ley General del Ambiente y es uno de los ejes arquitectónicos en la protección de los derechos ambientales y culturales».