La sustitución y la prohibición en la entrega de bolsas no biodegradables por parte de los comercios porteños está prevista en la Ley 3147, sancionada en el año 2009, por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, previéndose en caso de incumplimiento, sanciones a los infractores de la ley.
La decisión de las grandes cadenas de supermercados de implementar la sustitución de bolsas no biodegradables a partir del 1º de octubre del corriente año, anunciada en el día de hoy en los principales medios periodísticos del país, no hace más que cumplir el texto de la ley.
Por tal motivo, la Diputada por la Ciudad de Buenos Aires, Dra. María América González, presentó en el día de hoy un Proyecto de Ley en la Legislatura Porteña por el cual se disponga que.”Los titulares de los establecimientos que se vean obligados a la sustitución de bolsas y sobres no biodegradables, en ningún caso, podrán imponer costos adicionales a los usuarios y consumidores, por la realización de las acciones que obliga la presente Ley”.
Al respecto, la Dra. González, dijo: “Los supermercados anuncian que dicha medida se implementará con cargo a los consumidores; o sea que a partir de la fecha citada, los consumidores que realicen sus compras en estas grandes superficies comerciales, deberán abonar las bolsas para el traslado de los productos que compren, medida con la que estoy totalmente en desacuerdo”.
Y aclaró la Dra. González: “ Los usuarios y consumidores no deben cargar con los costos adicionales por la obligación de los comercios de disminuir los residuos y favorecer el reciclado de los mismos, más aún, si esto debe ser cumplido en el marco de la Ley. Además, si tenemos en cuenta que el valor de estas bolsas, ya se encuentra incorporado en los costos fijos de los super e hipermercados, cobrar un cargo adicional, sería acrecentar la rentabilidad de estas empresas”.