El 29 de junio de 2022, el Tribunal Superior de Justicia, con tres votos (Dra. Ruiz, Dra. Weinberg y Dr. Otamendi) contra dos (Dr. Lozano y Dra. De Langhe) decidió rechazar los recursos planteados por el GCBA y la empresa TGLT contra la sentencia de 2da instancia que había convalidado la nulidad de la Disposición N° 1856/DGIUR/2016 y del permiso de obra otorgado para el inmueble sito entre las calles Bolívar N° 1545/93, Perú N° 1560/92 y Av. Caseros N° 527/99, en cuanto se autorizó una construcción en exceso de los límites de altura previstos por el Código de Planeamiento Urbano.
De forma más llana, el Tribunal Superior de Justicia convalidó la sentencia que declaró que la obra del Astor San Telmo viola la normativa urbanística y que, por lo tanto, debe readecuar su proyecto. La norma que se viola corresponde a los parámetros urbanísticos del Área de Protección Histórico N° 1, correspondiente al Casco Histórico. La acción judicial fue impulsada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y Basta de Demoler.
El edificio tiene una envergadura de media manzana. El GCBA autorizó sobre la Av. Caseros y la calle Bolívar a construir un edificio con una altura aproximada de 30m cuando en esta zona del APH1 sólo se permite 22 m. sobre la primera y 13 m sobre la segunda.
En la causa judicial “ASOCIACIÓN CIVIL BASTA DE DEMOLER c/ GCBA s/ amparo- suspensión de obras», Expte. Nº A30636-2017/0, el 8/11/2019 se dictó sentencia de 1ra instancia que declaró nulos los permisos de obra por ilegales.
El 27 de julio de 2020, la Sala II de la Cámara en lo CAyT confirmó la sentencia de primera instancia rechazando las apelaciones de la empresa TGLT (que adquirió la constructora Caputo S.A.) y del GCBA.
Jonatan Baldiviezo, abogado de la causa y fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad y de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos declaró que «en la Ciudad existe una práctica sistemática por parte de la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) para autorizar emprendimientos inmobiliarios violando el Código de Planeamiento Urbano o, el ahora vigente Código Urbanístico, con el único objetivo de permitir una mayor capacidad constructiva en los inmuebles y ganancias para los desarrolladores inmobiliarios sin considerar los derechos ambientales y culturales de los porteños.
El caso del Astor San Telmo es un caso ejemplar. Con el nuevo Código Urbanístico esta práctica ha mutado a lo que se llaman Convenios Urbanísticos, excepciones inmobiliarias que consiguen las desarrolladoras a través de leyes en la Legislatura porteña dando como contraprestación un monto de dinero.
La ilegalidad del permiso otorgado al Mamotreto Astor San Telmo se enmarca en el Plan de Renovación del Casco Histórico que está impulsando el GCBA que pretende transformarlo en un gran polo gastronómico a cielo abierto expulsando a los residentes permanentes del barrio”.