Ante las diferentes declaraciones efectuadas por funcionarios del Gobierno Macri, nos parece oportuno insistir en que no somos nosotros los que catalogamos el uso de las armas Taser como una `forma de tortura´ sino el Comité contra la Tortura de la ONU.
Siendo que la tortura está prohibida en nuestro país, rechazamos la afirmación del ministro Guillermo Montenegro en relación a que las armas Taser son menos lesivas que las armas de fuego. Las opciones nunca pueden ser “te mato o te torturo”.
La Constitución de la Ciudad establece (art. 34) que “el comportamiento del personal policial debe responder a las reglas éticas para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, establecidas por la ONU”. Estas reglas señalan que “ningún funcionario podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles” (art. 5º, Código de Conducta adoptado por la Asamblea General de la ONU mediante resolución 34/169 del 17/12/79). Por lo tanto, el funcionario policial que use armas Taser estará cometiendo un delito y violando su código de conducta.
Los casos citados por la Policía Metropolitana de países que dispusieron el uso de las Taser X26 son anteriores al 2007, año a partir del cual el Comité contra la Tortura comenzó a considerar a estas armas como “una forma de tortura”. De ahí que muchos de esos países han dejado de usarlas o restringido al máximo su uso.
Por último es oportuno señalar que la tarea central para disminuir los niveles de inseguridad ciudadana, es la prevención del delito, punto sobre el cual el gobierno Macri no ha presentado ningún plan serio y consistente. Por el contrario, ha rechazado todas las propuestas que se le han hecho en ese sentido.