Agradecemos a Martín Becerra, la compilación de diversas voces en torno a este tema.
Los siete magistrados de la Corte Suprema de Justicia fallaron contra la suspensión de la ley de medios audiovisuales, que había sido dispuesta por la jueza mendocina Olga Pura de Arrabal y por una Cámara Federal de Mendoza integrada por jueces acusados de complicidad en violaciones a los derechos humanos. El fallo de la Corte fue sobriamente sintetizado por el Centro de Información Judicial y analizado por Gustavo Arballo en su excelente blog Saber leyes no es saber derecho, en el que sostiene que «la consecuencia es esta: se confirma la intuición de que es posible fallar contra los intereses de grupos que tienen una parte importante de las palancas de los grifos informativos y vivir para contarlo. Es como andar en bicicleta sin rueditas. Una vez que alguien lo hace una vez, se da cuenta que puede hacerlo de nuevo y que no pasa nada».
Mario Wainfeld comenta el fallo de la Corte Suprema en Página 12.
Antes, más de 20 organizaciones de la sociedad civil acompañaron al CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales), en un amicus curiae presentado en el máximo tribunal para expresar la convicción de que los derechos fundamentales a la palabra de universidades, sindicatos y ONGs eran menoscabados por la suspensión de la primera norma integral sobre el audiovisual sancionada desde 1983.
Al mismo tiempo, el director ejecutivo de ADC (Asociación por los Derechos Civiles), Alvaro Herrero, señaló en La Ventana, de Página 12, que en lugar de estar discutiendo la necesidad de implementar un proceso participativo de reglamentación de la ley, se está reclamando por su elemental puesta en vigor.
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