La legisladora de Buenos Aires para todos en Proyecto Sur, Laura García Tuñón, se refirió a la licitación para la construcción de un nuevo puente giratorio sobre el Riachuelo lanzada por el gobierno de Macri. «Si bien consideramos positivo para miles de ciudadanos establecer mayores puntos de conexión entre capital y provincia, es inadmisible que el gobierno esté pensando mega-obras mientras incumple la Ley 2057 que declara la Emergencia Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo, aprobada por la legislatura en Agosto de 2006».
«Miles de familias están padeciendo enfermedades a causa de la contaminación del Riachuelo y viviendo sin servicios públicos elementales. Esto evidencia la total ausencia de políticas públicas integrales hacia los sectores más vulnerables en materia ambiental, habitacional y fundamentalmente en respuestas efectivas para el mejoramiento de la calidad de vida de estas familias», concluyó.
Este puente agiliza el transporte y maniobras de las empresas de logística de la zona, pero olvida la situación de miles de familias que viven a la vera del Riachuelo.
Recordemos que entre las funciones del Poder Ejecutivo de la ciudad, respecto de la Ley 2057 se destacan entre otras:
1. Realizar un censo habitacional sobre la ribera del Riachuelo identificándose claramente las características ambientales y socioeconómicas como el acceso al servicio de agua potable y cloacas.
2. Arbitrar los medios necesarios para trasladar y reubicar a todas las personas que vivan en asentamientos precarios sobre la margen del Riachuelo correspondiente a la ciudad y estén siendo negativamente afectados por el mismo.
3. Brindar una inmediata y adecuada asistencia y atención médica integral a todos los afectados, garantizando positivamente el acceso a los servicios de salud y medicamentos que correspondan a la problemática.
4. Desarrollar estrategias de prevención y promoción de la salud.
5. Formar, en cada uno de los hospitales de la cuenca del Riachuelo, un «Centro de Salud Ambiental», garantizando una infraestructura apropiada y la participación de profesionales expertos en salud ambiental, contaminación y su tratamiento.
4. Articular con el ETOSS acciones para el urgente saneamiento en las Villas y Núcleos Habitacionales Transitorios reconocidos en la Ley N° 148 de la ciudad.
Material relacionado: ver nota de Saskia Sassen.